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Planes de Formalización

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Preguntas Frecuentes para Emprendedores en Chile

Preguntas Frecuentes para Emprendedores

La elección del tipo de empresa es una de las decisiones más importantes. Depende de si emprenderás solo o con socios, el nivel de riesgo que quieres asumir y tu proyección de crecimiento. Las más comunes son:

Tipo de Empresa Nº de Socios Responsabilidad Ideal para
Persona Natural (con giro) 1 (Tú mismo) Ilimitada (respondes con tu patrimonio personal) Profesionales independientes o negocios de muy bajo riesgo.
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) 1 (Solo el titular) Limitada al capital aportado a la empresa. Emprendedores que inician solos y quieren proteger su patrimonio personal.
Sociedad por Acciones (SpA) 1 o más Limitada al monto de las acciones. Es la más flexible. Ideal para startups, negocios que buscan crecer y levantar capital, o si no tienes claro si sumarás socios en el futuro.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.) 2 a 50 Limitada al capital aportado. Los socios tienen una relación de confianza. Empresas familiares o de socios que se conocen bien, donde la entrada o salida de un socio requiere el acuerdo de todos.

Recomendación: La SpA es la figura más utilizada y recomendada actualmente por su gran flexibilidad para crecer, sumar o restar socios y administrarla.

La diferencia clave radica en la flexibilidad y la relación entre los socios:

  • SpA (Sociedad por Acciones): Es muy flexible. Puedes empezar solo y luego sumar socios vendiendo acciones. La administración es más simple y se rige por estatutos que puedes adaptar a tus necesidades. Vender tu participación es tan simple como vender tus acciones.
  • Ltda. (Sociedad de Responsabilidad Limitada): Es más rígida y se basa en la confianza entre los socios. Para que entre o salga un socio, o para vender tu parte, se necesita el acuerdo de todos los demás. Es más parecida a un "matrimonio" comercial.

No es estrictamente obligatorio, pero es altamente recomendable.

Puedes crear tu empresa a través del portal "Tu Empresa en un Día", que ofrece estatutos simplificados. Sin embargo, estos estatutos estándar no siempre se adaptan a las necesidades específicas de tu negocio (pactos de accionistas, formas de resolver conflictos, etc.).

Un abogado se asegura de que los estatutos protejan tus intereses y los de tus socios a largo plazo, evitando problemas legales futuros. Es una inversión en la seguridad de tu negocio.

El Inicio de Actividades es la declaración jurada que haces ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) para informar que comenzarás a realizar negocios que pueden generar impuestos.

Debes hacerlo antes de emitir tu primera boleta o factura. Es el paso que formaliza tu negocio ante el SII y te habilita para operar comercialmente.

La elección del régimen tributario define cómo y cuántos impuestos pagarás. Los más comunes para Pymes son:

Régimen Tributario Límite de Ventas Anuales (aprox.) Tasa Impuesto 1ª Categoría Ideal para
Pro Pyme General (14 D N°3) 75.000 UF 10% (tasa transitoria) luego 25% La mayoría de las Pymes. Permite elegir si los socios tributan en base a retiros o a la utilidad total de la empresa.
Pro Pyme Transparente (14 D N°8) 75.000 UF 0% (La empresa no paga impuesto) Empresas cuyos socios son personas naturales. La utilidad total de la empresa se asigna a los socios y ellos pagan el Impuesto Global Complementario, usen o no el dinero.

Importante: La elección es crucial y depende de tu estructura de costos, nivel de retiros y planificación fiscal. Asesorarte con un contador es fundamental en este punto.

No directamente. El tipo de empresa (EIRL, SpA, Ltda.) no determina la cantidad de impuestos a pagar. Lo que sí lo determina es el régimen tributario que elijas (Pro Pyme General, Pro Pyme Transparente, etc.).

Cualquiera de estas empresas puede acogerse a los distintos regímenes tributarios para Pymes, por lo que la carga fiscal será la misma si están en el mismo régimen.

Una vez que inicias actividades, tienes responsabilidades mensuales, incluso si no tienes ventas. Las principales son:

  • Declaración de IVA (Formulario 29): Se declara y paga todos los meses. Debes declarar la diferencia entre el IVA de tus ventas (débito fiscal) y el IVA de tus compras (crédito fiscal). Se declara hasta el día 20 del mes siguiente (o 28 si facturas electrónicamente).
  • Pagos Provisionales Mensuales (PPM): Son pagos anticipados del impuesto a la renta anual. Se pagan junto con el IVA en el F29.
  • Declaración de retenciones: Si pagas boletas de honorarios, debes retener un porcentaje (actualmente 13,75%) y pagarlo al fisco.

¡Ojo! Debes declarar el F29 todos los meses, aunque no hayas tenido movimiento ("sin movimiento"). No hacerlo genera multas.

La principal obligación anual es la Declaración de Renta (Formulario 22), que se realiza normalmente en abril de cada año. En ella se declara la renta obtenida durante el año comercial anterior para determinar el impuesto anual a pagar.

Además, según tu régimen tributario, deberás presentar Declaraciones Juradas (DDJJ) que informan al SII sobre tus operaciones, sueldos, honorarios, retiros, etc. Estas son cruciales para que el SII pueda cruzar la información.

Sí, es obligatoria. La ley exige que toda actividad comercial, profesional o industrial tenga una patente municipal. Esto aplica aunque no tengas una tienda física y vendas exclusivamente online.

La patente se paga en la municipalidad donde registraste el domicilio tributario de tu empresa. Si usas tu domicilio particular, puedes solicitar una "patente microempresa familiar" si cumples los requisitos, o una patente profesional si prestas servicios.

Sí, pero con condiciones. Puedes usar tu domicilio particular para iniciar actividades, pero debes asegurarte de tener la autorización del SII y de la municipalidad para operar desde allí.

  • Para servicios profesionales: Generalmente es más sencillo.
  • Para venta de productos: Puede ser más complejo si almacenas inventario, ya que algunas municipalidades tienen restricciones de zonificación.

Una alternativa muy popular es contratar una oficina virtual o dirección tributaria. Esto te da un domicilio comercial válido para el SII y la municipalidad a un bajo costo, sin usar tu dirección personal.

La Clave Única es tu identidad digital para realizar trámites con el Estado. Como emprendedor, la necesitarás para:

  • Firmar la constitución de tu empresa en el portal "Tu Empresa en un Día".
  • Realizar ciertos trámites personales que pueden estar vinculados a tu rol como representante legal.

Es distinta a la clave del SII, que es la que usarás para las operaciones tributarias de tu empresa.

No es una obligación legal, pero es una práctica fundamental y altamente recomendable por varias razones:

  • Orden y claridad: Separa tus finanzas personales de las del negocio. Mezclarlas es la receta para el desastre contable y fiscal.
  • Profesionalismo: Transmitir una cuenta a nombre de la empresa genera más confianza en tus clientes.
  • Facilidad para la contabilidad: Facilita enormemente el trabajo de tu contador y las conciliaciones bancarias.
  • Acceso a productos financieros: Es el primer paso para poder optar a créditos, líneas de crédito o máquinas de pago (POS) a nombre de tu empresa.

No declarar o no pagar tus impuestos tiene consecuencias serias que se van acumulando:

  • Multas: El SII aplica multas por cada declaración omitida o presentada fuera de plazo.
  • Intereses: Sobre los impuestos no pagados se aplican intereses diarios.
  • Anotaciones negativas: Quedarás con una anotación en el registro del SII, lo que te impedirá timbrar documentos o realizar ciertos trámites.
  • Problemas para financiamiento: La banca y otras instituciones revisan tu comportamiento tributario. Estar al día es clave para obtener créditos.
  • Cobranza judicial: En casos graves, la Tesorería General de la República puede iniciar un juicio de cobranza que podría llevar al embargo de bienes.

Sí, absolutamente. Desde que inicias actividades, tienes la obligación de presentar tu declaración mensual de IVA (F29) todos los meses.

Si no tuviste ventas ni compras, debes presentar la declaración "Sin Movimiento". Omitir este paso, aunque no tuvieras nada que pagar, igual genera una multa por no presentación.

Sí, es una de las mejores inversiones que puedes hacer. Un contador no solo "hace los impuestos", sino que es un aliado estratégico:

  • Te asesora en la elección del régimen tributario más conveniente.
  • Se encarga de que cumplas con todas tus obligaciones mensuales y anuales a tiempo.
  • Te ayuda a mantener tus finanzas ordenadas para que puedas tomar buenas decisiones.
  • Te representa ante el SII en caso de fiscalizaciones.

Intentar llevar la contabilidad por tu cuenta sin los conocimientos adecuados suele costar mucho más caro a largo plazo por multas y errores.

Depende de a quién le vendas:

  • Factura Electrónica: Cuando le vendes a otra empresa.
  • Boleta de Ventas y Servicios Electrónica: Cuando le vendes a un consumidor final (una persona que no usará esa compra para su negocio).
  • Guía de Despacho: Si necesitas trasladar mercadería. Puede o no constituir venta.
  • Nota de Crédito: Para anular o rebajar el monto de una factura o boleta ya emitida.

Todos estos documentos se emiten a través del sistema de facturación gratuito del SII o de un software de mercado certificado.

Sí, puedes. No existe un impedimento legal para constituir una sociedad si tienes deudas comerciales o estás en DICOM. El RUT de la empresa es distinto a tu RUT personal.

Sin embargo, podrías enfrentar dificultades en el siguiente paso: abrir una cuenta bancaria de empresa o solicitar financiamiento, ya que los bancos evalúan el historial del representante legal.

El RUT de la empresa se obtiene automáticamente al realizar el Inicio de Actividades en el sitio web del SII (sii.cl).

El proceso es:

  1. Constituir la empresa (ej. en "Tu Empresa en un Día").
  2. Con el RUT del representante legal y la clave del SII, ingresar a la sección de Inicio de Actividades.
  3. Llenar el formulario con los datos de la empresa (domicilio, capital, giro, etc.).
  4. Al finalizar el proceso, el SII te asignará un RUT para la empresa y podrás descargar el e-RUT (la cédula de identidad de tu empresa en formato digital).

El giro o actividad económica es la descripción de lo que tu empresa hará. Por ejemplo: "Venta al por menor de vestuario", "Servicios de consultoría en informática" o "Restaurante".

Debes elegir los códigos de actividad que correspondan en el SII al momento de hacer el Inicio de Actividades. Puedes tener más de un giro. Es importante que los giros que declares coincidan con las actividades por las que vas a emitir facturas o boletas.

Contratar personal implica nuevas responsabilidades, principalmente previsionales:

  • Contrato de trabajo: Debes formalizar la relación laboral con un contrato escrito.
  • Pago de cotizaciones previsionales: Mensualmente, debes declarar y pagar en Previred las cotizaciones de tus trabajadores para AFP (pensión), Fonasa/Isapre (salud) y AFC (seguro de cesantía).
  • Seguro de Accidentes del Trabajo (Ley 16.744): Es obligatorio y se paga junto con las cotizaciones.
  • Liquidaciones de sueldo: Debes entregar un detalle del sueldo y los descuentos a tus trabajadores cada mes.

Sí, y es una práctica muy sana. Hay dos formas principales:

  • Sueldo Empresarial (o Patronal): Si eres dueño y además trabajas en la empresa, puedes asignarte un sueldo. Este sueldo es un gasto aceptado para la empresa (reduce la utilidad y por ende el impuesto a pagar) y está sujeto al pago de cotizaciones previsionales como cualquier trabajador. Tiene un tope imponible.
  • Retiros: Puedes simplemente retirar utilidades de la empresa. Estos retiros no son un gasto para la empresa y tributan en tu Impuesto Global Complementario personal.

La conveniencia de uno u otro método (o una combinación) depende de tu planificación tributaria y debe ser conversada con tu contador.

El Capital Social es el monto de dinero o bienes que los socios aportan a la empresa para que esta pueda empezar a funcionar. Este capital define el patrimonio inicial de la sociedad.

No hay un monto mínimo legal obligatorio en la mayoría de las sociedades (como SpA o Ltda.). Sin embargo, el monto debe ser razonable y coherente con el negocio que vas a iniciar. Un capital de $1.000 puede generar desconfianza en bancos o proveedores.

Se recomienda aportar un capital que cubra al menos los gastos iniciales (constitución, patente, marketing, etc.). Este capital puede ser aportado en dinero o en bienes valorizados (como un computador o maquinaria).

Sí, por supuesto. Tu RUT personal te identifica a ti como persona. Cada empresa que constituyas (sea EIRL, SpA, etc.) tendrá su propio RUT, distinto al tuyo y al de las otras empresas.

Puedes ser socio, accionista o representante legal de múltiples sociedades sin ningún problema. Cada una es una persona jurídica independiente con sus propias obligaciones y patrimonio.

Cerrar una empresa también es un proceso formal llamado "Término de Giro". No basta con simplemente dejar de operar.

Implica presentar una declaración ante el SII informando el cese de actividades. El SII revisará que todas tus obligaciones tributarias estén al día (declaraciones de IVA, renta, etc.) y que no tengas deudas pendientes. Si todo está en orden, autorizará el término de giro y la empresa quedará legalmente disuelta para efectos tributarios. No hacerlo puede seguir generando multas y obligaciones a futuro.

Sí. Para constituir una empresa en Chile siendo extranjero, necesitas tener un RUT chileno como persona natural. Este se obtiene en el SII.

El proceso es el siguiente:

  1. Obtener una visa que te permita trabajar o invertir en Chile.
  2. Con la visa aprobada, registrarte en la PDI.
  3. Obtener tu Cédula de Identidad para extranjeros en el Registro Civil.
  4. Con tu cédula, solicitar tu RUT en el Servicio de Impuestos Internos.

Una vez que tienes tu RUT personal, puedes constituir una empresa (SpA, Ltda, etc.) de la misma forma que lo haría un ciudadano chileno.

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